Artículo dieciséis

  1. Todas las personas tenemos el deber y la obligación de respetar la libertad de movimientos y de exigir que se vele por los derechos de los migrantes, solicitantes de asilo y refugio.
  2. Todas las personas tenemos el deber y la obligación de hospitalidad para con los migrantes, refugiados y asilados, así como de exigir la contribución al desarrollo y la paz de los países de origen o proveniencia.