Artículo once

  1. Todas las personas tenemos el deber y la obligación de respetar y exigir el respeto a la cultura y lenguas propias y ajenas, así como a la memoria colectiva de los pueblos y su patrimonio cultural material e inmaterial y de transmitir ese patrimonio común a las generaciones futuras.
  2. Las organizaciones económico empresariales tienen el deber y la obligación de respetar los recursos naturales de los que dependen las prácticas culturales de los pueblos indígenas y otros grupos autóctonos.
  3. Todas las personas tenemos el deber y la obligación de proteger la biodiversidad y de respetar y fomentar la multiculturalidad.